Reglamento de la Sala de Medios

OBJETIVO

El presente reglamento tiene como objetivo regular el acceso, la permanencia y el buen uso de la biblioteca denominado sala de medios de la escuela normal superior incorporada “Andrés Quintana Roo”.

CAPITULO I.
DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- La biblioteca y centro de cómputo de la escuela normal superior “Andrés Quintana Roo” tiene como finalidad brindar un apoyo documental y tecnológico computacional en la formación académica de sus usuarios.

ARTÍCULO 2.- Son considerados usuarios del centro de cómputo a:

· Personal directivo, administrativo, docente y manual de la institución.
· Alumnos regulares inscritos a la institución.

Son considerados usuarios temporales a:

· Ex-alumnos
· Profesores invitados
· Ayudantes de proyecto
· Asesores externos

Los usuarios temporales requerirán presentar con antelación a la coordinación administrativa un oficio con el que se solicite el uso de centro de cómputo, haciendo referencia al nombre del proyecto con el que se trabajará, así como el horario de la semana que utilizará los equipos de la misma.

ARTÍCULO 3.- Los servicios que otorga el centro de cómputo a los usuarios en el momento de la realización del presente reglamento son:

· Software para trabajos escolares, como lo son procesadores de texto, hojas de cálculo, diseñador de presentaciones.
· Acceso a Internet 512kb

· Grabación en medios externos (CD, diskette).
· Reproducción de medios como dvd, CD de audio e interactivos.

ARTICULO 4.- El horario de atención de la sala de medios obedecerá al horario de clases fijado por las autoridades del plantel.

ARTICULO 5.- Son autoridades responsables del centro de computo, la encargada del centro de computo, los coordinadores, subdirectores y directores del plantel.

ARTÍCULO 6.- El presente reglamento deberá ser acatado por todos los usuarios de la sala de medios, cumpliendo con todos los lineamientos aquí descritos.

ARTÍCULO 7.- Se dará prioridad de uso a los alumnos que necesiten utilizar los equipos en clases asesoradas por sus maestros.

CAPITULO II.
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

ARTICULO 8.- Todos los usuarios deberán registrar su entrada antes de empezar a hacer uso del servicio, anotándose en la bitácora destinada a ello; así como presentar su credencial expedida por la institución para su plena identificación como estudiante del plantel para que le sea asignado el equipo a usar únicamente con fines de consultas, de investigación y trabajos académicos.

ARTICULO 9.- Queda prohibido introducir alimentos. Estos podrían ocasionar daños en el equipo o perjudicar el ambiente de la sala de medios.

ARTÍCULO 10.- Queda prohibido fumar dentro y fuera del edificio que compone la sala de medios.

ARTÍCULO 11.- Con la finalidad de mantener las normas de comportamiento y disciplina de cualquier aula de estudio, y como respeto a los demás usuarios y personal de la sala de medios, queda prohibido alterar el orden:

· Gritar
· Correr
· Hacer reuniones en un solo equipo con una finalidad distinta a la habitual.
· Subir en forma desmedida el volumen de las bocinas.

ARTICULO 12.- Queda prohibido desplazar y cambiar el mobiliario y equipo de cómputo dentro y fuera de la sala de medios sin autorización del personal encargado.

ARTICULO 13.- Será responsabilidad del usuario mantener en buen estado el equipo asignado, así como acatar las sanciones que resulten de los daños ocasionados al mismo por un mal uso o maltrato.

ARTÍCULO 14.- El usuario deberá reportar al personal del centro de cómputo cualquier daño o anomalía encontrada en el equipo/mobiliario asignado al iniciar su sesión de trabajo.

ARTÍCULO 15.- Queda prohibido ausentarse de su lugar de trabajo, en ese caso su sitio podrá ser asignado a otro usuario, liberando a la sala de medios de cualquier responsabilidad sobre las pertenencias olvidadas o archivos perdidos.

ARTICULO 16.- Queda prohibido crear, descargar o difundir información de contenido violento, pornográfico y cualquiera que atente contra la moral y las buenas costumbres.

ARTÍCULO 17.- La sala de medios no se hará responsable de la información generada por el usuario y almacenada en el equipo que pueda ser borrada por otros usuarios o por el personal que labora en el al término de su tiempo de uso asignado.

ARTÍCULO 18.- El uso de juegos, programas de comunicación en línea y software no autorizado, queda estrictamente prohibido a todos los usuarios. Los equipos no son para jugar o entretenimiento sino para fines de investigación cultural y pedagógica.

ARTIUCULO 19.- Al terminar de trabajar se deberá apagar el equipo y dejar en orden todo el mobiliario asignado, entregando al personal encargado el equipo, quien verificará las condiciones en el que se encuentra y recibe.

CAPITULO III.
DE LAS SANCIONES

ARTÍCULO 20.- Las sanciones previstas en el presente capítulo podrán ser aplicadas por el personal de la sala de medios, por la coordinación académica y/o administrativa.

ARTÍCULO 21.- Todos los miembros del personal de la sala de medios podrán orientar, corregir y/o amonestar verbalmente a cualquier usuario en caso de incumplimiento del presente reglamento.

ARTÍCULO 22.- En caso de faltas graves o reincidencia se procederá a aplicar las sanciones previstas en este capítulo y se levantará un acta administrativa ante la subdirección académica.

ARTÍCULO 23.- El usuario que persista en infringir este reglamento se hará acreedor a la sanción correspondiente y perderá el derecho de uso del servicio.

ARTÍCULO 24.- Las sanciones por incumplimiento de los lineamientos establecidos en el presente reglamento se asentarán en un acta administrativa y podrán ser:

· Sanción Tipo A.- Suspensión del servicio por una semana.
· Sanción Tipo B.- Suspensión del servicio por un mes.
· Sanción Tipo C.- Suspensión del servicio por todo el semestre.
· Sanción Tipo D.- Pago del daño a mobiliario, instalaciones, equipo, accesorios o periféricos.

TRANSITORIOS

1. El presente reglamento entrará en vigor al inicio del curso escolar 2006-2007.

2. El presente reglamento deroga al reglamento anterior, en aquello que lo contravenga.

3. Cualquier asunto no previsto en el presente reglamento será resuelto por la coordinación académica y/o administrativa.

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